Subvenciones para la creación de nuevos proyectos industriales en Tenerife, 2025
Description
Esta línea de subvención tiene por objeto sufragar las inversiones y/o gastos necesarios para la creación de nuevos proyectos industriales, por personas físicas o jurídicas. De esta forma, se pretende incentivar el desarrollo del sector industrial y a los más jóvenes a iniciar su emprendimiento.
Datos
Estado
Plazo abierto
Información adicional
Actuaciones:
Creación de un nuevo proyecto industrial entendido como aquel llevado a cabo por personas físicas (bajo la forma jurídica de “Empresario/a Individual”) o jurídicas bajo la forma de Sociedades Anónimas o Sociedades de Responsabilidad Limitada (SLNE, SL Unipersonal o SL), que constituyan una Pyme o Microempresa con domicilio social y fiscal/residencia en la isla de Tenerife en los sectores de actividad económica industrial y que cumplan los requisitos que se establecen en las Bases Reguladoras.
Creación de un nuevo proyecto industrial entendido como aquel llevado a cabo por personas físicas (bajo la forma jurídica de “Empresario/a Individual”) o jurídicas bajo la forma de Sociedades Anónimas o Sociedades de Responsabilidad Limitada (SLNE, SL Unipersonal o SL), que constituyan una Pyme o Microempresa con domicilio social y fiscal/residencia en la isla de Tenerife en los sectores de actividad económica industrial y que cumplan los requisitos que se establecen en las Bases Reguladoras.
Extracto convocatoria
Fecha de fin de la solicitud
31/10/2025
Fecha de inicio de la solicitud
27/03/2025
Actuaciones subvencionables / financiadas
• Adquisición en propiedad de maquinaria y bienes de equipo nuevos, directamente vinculados al desarrollo y funcionamiento de la actividad industrial.
• Instalaciones técnicas relacionadas con la maquinaria inherente al proyecto.
• Adquisición en propiedad de material inventariable preciso para el proceso productivo de que se trate (Ejemplo: herramientas, utillaje, mobiliario, enseres, etc.).
• Adquisición de software específico de control y gestión de los procesos productivos, o software de gestión avanzada que incluya el proceso productivo.
• Adquisición en propiedad de tablets, ordenadores, teléfonos móviles o smartphones directamente vinculados a la actividad industrial.
• Gastos realizados en pro de la sostenibilidad y la eficiencia energética de la empresa, tales como: instauración de mecanismos para la gestión de residuos y el reciclaje, implantación de Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) relacionados con la materia, instalación de luminaria LED, instalación o sustitución de aparatos de climatización por aparatos con la certificación de eficiencia energética correspondiente, sustitución de bienes de equipo existentes por otros eficientes y sostenibles o instalación de sensores para la activación de luces y las salidas de agua.
• Gastos de adquisición de elementos de transporte (vehículos tipo furgón o camión, no se incluyen los turismos tipo suv) de tipo eléctrico o híbrido, necesarios para el desarrollo de la actividad industrial llevada a cabo por la persona o entidad beneficiaria. A estos efectos no se considerarán como tales a aquellos elementos de transporte que por sus características no sean aptos de servir a la actividad industrial que se trate, quedando sometida esta cuestión a la previa valoración por parte de esta Administración. El importe máximo a subvencionar por estos conceptos será de 15.000,00 €.
• Gastos realizados para la adquisición e instalación de puntos de recarga de los vehículos eléctricos.
• Gastos de los honorarios profesionales precisos para la realización y puesta en marcha del proyecto industrial, como por ejemplo los costes por proyectos técnicos para la presentación de la Comunicación previa de instalación/inicio de la actividad clasificada y los Certificados de eficiencia energética que acrediten los gastos subvencionables relativos a la sostenibilidad y eficiencia energética.
• Gastos derivados de la adquisición e instalación de placas fotovoltaicas en la nave, local o establecimiento en que se lleve a cabo la actividad industrial. El importe máximo a subvencionar por este concepto será de 5.000,00 €.
• Instalaciones técnicas relacionadas con la maquinaria inherente al proyecto.
• Adquisición en propiedad de material inventariable preciso para el proceso productivo de que se trate (Ejemplo: herramientas, utillaje, mobiliario, enseres, etc.).
• Adquisición de software específico de control y gestión de los procesos productivos, o software de gestión avanzada que incluya el proceso productivo.
• Adquisición en propiedad de tablets, ordenadores, teléfonos móviles o smartphones directamente vinculados a la actividad industrial.
• Gastos realizados en pro de la sostenibilidad y la eficiencia energética de la empresa, tales como: instauración de mecanismos para la gestión de residuos y el reciclaje, implantación de Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) relacionados con la materia, instalación de luminaria LED, instalación o sustitución de aparatos de climatización por aparatos con la certificación de eficiencia energética correspondiente, sustitución de bienes de equipo existentes por otros eficientes y sostenibles o instalación de sensores para la activación de luces y las salidas de agua.
• Gastos de adquisición de elementos de transporte (vehículos tipo furgón o camión, no se incluyen los turismos tipo suv) de tipo eléctrico o híbrido, necesarios para el desarrollo de la actividad industrial llevada a cabo por la persona o entidad beneficiaria. A estos efectos no se considerarán como tales a aquellos elementos de transporte que por sus características no sean aptos de servir a la actividad industrial que se trate, quedando sometida esta cuestión a la previa valoración por parte de esta Administración. El importe máximo a subvencionar por estos conceptos será de 15.000,00 €.
• Gastos realizados para la adquisición e instalación de puntos de recarga de los vehículos eléctricos.
• Gastos de los honorarios profesionales precisos para la realización y puesta en marcha del proyecto industrial, como por ejemplo los costes por proyectos técnicos para la presentación de la Comunicación previa de instalación/inicio de la actividad clasificada y los Certificados de eficiencia energética que acrediten los gastos subvencionables relativos a la sostenibilidad y eficiencia energética.
• Gastos derivados de la adquisición e instalación de placas fotovoltaicas en la nave, local o establecimiento en que se lleve a cabo la actividad industrial. El importe máximo a subvencionar por este concepto será de 5.000,00 €.
Tipo de convocatoria
Concurrencia no competitiva (concesión directa)
Tipo de ayuda
Subvención
Beneficiarios
Autónomos, microempresas y PYMES
Servicios de apoyo
Innovación
Gestión
Cabildo Insular de Tenerife


