Subvenciones industria 4.0 Canarias, 2025
Description
Estas subvenciones tienen como finalidad fomentar la transición industrial, en su doble enfoque digital y ecológico, de las empresas industriales canarias, en sus procesos, productos o modelos de negocio, abarcando toda la cadena de valor de la empresa industrial (fabricación, distribución, logística, comercialización, proveedor y cliente). dentro del Programa FEDER Canarias 2021-2027. Apoyo a proyectos de implantación de soluciones de transformación digital a través de la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación, con el objeto de contribuir a mejorar la competitividad y productividad.
Datos
• La cuantía de la subvención corresponderá a un porcentaje fijo sobre la inversión aprobada, que será del 50% para grandes empresas, del 60% para medianas empresas y del 70% para pequeñas empresas.
• Para el tipo 1.4 de la Línea de actuación I, la inversión mínima será de 10.000,00 euros, siendo la inversión máxima subvencionable de 1.000.000,00 de euros.
• Para el tipo 1.5 de la Línea de actuación I, la subvención por actuación no podrá superar el importe de 75.000,00 euros.
• Para el resto de líneas, la subvención por actuación no podrá superar el importe de 50.000,00 euros.
OTROS DATOS DE INTERÉS
• Todos los proyectos subvencionables, excepto los del tipo 1.4 de la Línea de actuación I, se acogerán a las ayudas de minimis.
• Como máximo podrá presentar un proyecto por cada línea de actuación de la base 7.ª e isla.
• Para actuaciones del tipo 1.4 de la Línea de actuación I se incluirá, en su caso, acreditación de que la actuación constituye una “transformación fundamental del proceso de producción de un establecimiento industrial”.
• Los expedientes que cumplan con las presentes bases se clasificarán en una lista única, en orden descendente, atendiendo a la puntuación que obtengan al aplicarles los criterios de valoración establecidos en las páginas 21921-21922 de las bases reguladoras.
• Podrá concederse para aquellos proyectos subvencionados que lo soliciten, siempre que se cumplan las condiciones establecidas para ello en las bases reguladoras y en la convocatoria, cuando proceda dicho abono, se tramitará sin régimen de garantías.
• Para la línea de actuación I, tipo 1.4, la justificación de la subvención revestirá la forma de “Cuenta justificativa con aportación de informe de auditor”. Para el resto de actuaciones, revestirá la forma de “Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto”..
Se contemplan dos líneas de actuaciones subvencionables:
LÍNEA DE ACTUACIÓN I: inversiones productivas consistentes en la mejora de la digitalización de las empresas industriales
LÍNEA DE ACTUACIÓN II: desarrollo de las capacidades para la transición industrial:


