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Convocatoria ayudas para el apoyo a AEI con objeto de mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas, 2024

Description

Actuaciones de apoyo al funcionamiento de Agrupaciones Empresariales Innovadoras, estudios de viabilidad técnica y proyectos de tecnologías digitales que deberán incorporar conocimientos y/o tecnologías que promuevan la transformación digital de las empresas que los llevan a cabo en el marco de actividades de investigación industrial, actividades de desarrollo experimental, innovación en materia de organización y/o innovación en materia de procesos.

Datos

Estado
Plazo cerrado
Información adicional
Los gastos subvencionables corresponderán a conceptos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad a financiar y resulten estrictamente necesarios, con base en la descripción de las actuaciones aportada en la memoria de la actuación y cuestionario de solicitud, por lo que deberán estar directamente relacionados con el desarrollo de la actuación para el que se hayan concedido.

Los gastos subvencionables del Programa de ayudas AEI se describen en el artículo 11 de la Orden ICT/1117/2021, de 9 de octubre, modificada por la Orden ICT/474/2022, de 20 de mayo, y son los siguientes:

Gastos de personal técnico (Grupos de Cotización I, II o III)
Gastos de personal autónomo dependiente de la AEI solicitante
Gastos de personal administrativo dependiente de la AEI solicitante
Colaboraciones externas
Gastos de alquiler del inmueble utilizado como sede la AEI
Gastos de viajes interurbanos y de alojamiento
Otros costes no contemplados en los anteriores apartados, siempre que queden reflejados en la Orden por la que se publica la convocatoria AEI correspondiente.
Fecha de fin de la solicitud
26/07/2024
Fecha de inicio de la solicitud
08/07/2024
Actuaciones subvencionables / financiadas
a) Actuaciones de apoyo al funcionamiento de Agrupaciones Empresariales Innovadoras (Línea 1) descritas en el artículo 6 de la Orden ICT/1117/2021, modificada por la Orden ICT/474/2022, en cuanto a puesta en marcha y desarrollo de las estructuras de coordinación y gestión de las AEI «incipientes» mediante la financiación de parte de los costes del personal y de los gastos de administración y funcionamiento.

b) Estudios de viabilidad técnica (Línea 2) descritas en el artículo 7 de la Orden ICT/1117/2021, de 9 de octubre, modificada por la Orden ICT/474/2022, de 20 de mayo. Se incluyen los estudios directamente relacionados con:

1º El programa de Apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras regulado por la Orden ICT/1117/2021, de 9 de octubre, modificada por la Orden
ICT/474/2022, de 20 de mayo, a través de la Línea 3 de «Proyectos de Tecnologías Digitales» definidos en el artículo 8 de la citada orden;

2º El programa marco de investigación e innovación de la UE para el periodo 2021-2027, «Horizonte Europa».

c) Proyectos de Tecnologías Digitales (Línea 3) descritas en el artículo 8 de la Orden ICT/1117/2021, de 9 de octubre, modificada por la Orden ICT/474/2022, de 20 de mayo, que deberán incorporar el desarrollo de actividades innovadoras en cooperación encuadradas en los siguientes epígrafes:

1º actividades de investigación industrial;
2º actividades de desarrollo experimental;
3º innovación en materia de organización;
4º innovación en materia de procesos
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva
Tipo de ayuda
Subvención
Beneficiarios
Gran Empresa, PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica
Servicios de apoyo
Innovación
Gestión
Secretaría de Estado de Industria

Ubicación

Información de contacto

Author Info

Jose Hernández Suarez

Miembro desde hace 3 años
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