Compra Pública de Innovación
Description
Desarrollo de productos o servicios innovadores adquiridos por parte de compradores públicos a través del mecanismo de la Compra Pública de Innovación, con el fin de:mejorar los servicios públicos, en términos de eficacia o eficiencia, así como la innovación y la competitividad empresarial, atrayendo fondos para la I+D+i empresarial mediante contratación; Reforzar la comercialización de la innovación empleando al cliente público como cliente lanzador o de referencia y estimular el emprendimiento y la innovación, particularmente de las PYMEs.
Datos
2. No obstante, quedan excluidas del alcance de estas ayudas las actividades relacionadas en el artículo 7 del Reglamento (UE) n.º 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
3. No serán subvencionables aquellos proyectos que no respeten plenamente las normas y prioridades de la Unión Europea en materia climática y medioambiental y el principio de “no causar un perjuicio significativo” en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) n.º 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 2019/2088, teniendo en cuenta que el incumplimiento será causa de reintegro de los fondos.
4. No serán subvencionables aquellos proyectos que hayan concluido materialmente o se hayan ejecutado íntegramente en la fecha de su solicitud.
5. No serán subvencionables aquellos proyectos que previamente hayan obtenido otra subvención o ayuda procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, internacionales, o de la Unión Europea, aunque estén referidas a costes financiables identificables diferentes, salvo que acrediten formalmente su renuncia a la misma.
6. La financiación concedida por medio de estas ayudas podrá cubrir las dos fases de la CPI:
a) Fase I: desarrollo, validación y puesta en servicio de soluciones innovadoras, mediante operaciones de CPP o CPTI. Costes de preparación, gestión, evaluación, etc. de dichas soluciones.
b) Fase II: despliegue de la solución innovadora.
7. Todas las operaciones de CPI deberán ser verificables en el perfil del contratante de la entidad beneficiaria de la subvención alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público.

