Detalles

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Ayudas del Programa NEOTEC 2023.

Financiación de la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.

Datos

Estado
Plazo cerrado
Plazo de justificación
Anual: 3 meses siguientes a la finalización de la actuación, según la resolución de concesión y las sucesivas de modificación que pudieran existir. Si se ha autorizado una prórroga del periodo de ejecución, el plazo de 3 meses comenzará a partir de la fecha de finalización de la ampliación del periodo de ejecución. Plurianual: 3 meses siguientes a la finalización de cada anualidad, salvo que la convocatoria determine que se realice una única justificación a la finalización de la actuación o si se incluyen justificaciones intermedias. En el caso en que se opte por realizar una única justificación a la finalización de la actuación, las convocatorias podrán prever la solicitud de informes técnicos y /o económicos de avance intermedio del proyecto.
Plazo de ejecución
Proyectos de 1 o 2 años de duración. Deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2023, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2023, en el caso de un año de duración, o bien el 31 de diciembre de 2024, si el proyecto tiene una duración de dos años.
Fecha de fin de la solicitud
20/04/2023
Fecha de inicio de la solicitud
28/02/2023
Actuaciones subvencionables / financiadas
Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. Sin embargo, no se adecúan a esta convocatoria los modelos de negocio que se basen principalmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.
Se financiarán los costes derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo.
Se podrán financiar los siguientes gastos: a) Inversiones en equipos, b) Gastos de personal, c) Materiales, d) Colaboraciones externas / asesoría, e) Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y otros gastos. También serán subvencionables los gastos derivados del informe de auditor, con un límite máximo de 2.000 euros por beneficiario y anualidad.
Igualmente, serán subvencionables los gastos de promoción y difusión, así como los gastos de formación, previstos en el Anexo II.
La subcontratación podrá alcanzar hasta el porcentaje máximo del 50% del presupuesto financiable.
Régimen de ayuda
Subvención
Porcentaje de subvención
50%
Inversión máxima
250.000€
Inversión mínima
175.000€
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva
Tipo de ayuda
Subvención
Beneficiarios
Pequeñas empresas innovadoras
Gestión
Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, CDTI.

Ubicación

Información de contacto

Author Info

César Martín

Miembro desde hace 4 años
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